Por medio de la presente, se remite “Real Decreto 1307/2024, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad, y otros reales decretos en materia ganadera.” publicado con fecha 24 de diciembre de 2024 en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 309, con entrada en vigor el 02 de enero de 2025.
Entre otros aspectos que establece el citado Real Decreto, resaltamos que el mismo modifica “(…)la obligatoriedad actual de disponer del Plan Sanitario Integral que se contempla en el Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea en sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, y por el que se modifican varias normas de ordenación ganaderas, introduciendo la voluntariedad de dicha figura a partir del 1 de junio de 2025. En coherencia, se fija dicha fecha a partir de la cual su integración en los Sistemas Integrales de Gestión de las Explotaciones ganaderas será voluntaria, como ocurrirá con la figura del veterinario de explotación.”
La entrada en vigor de las modificaciones incorporadas que convierten en potestativas las obligaciones relativas a la adaptación del SIGE, al veterinario de explotación y al Plan Sanitario Integral a partir de 1 de junio de 2025, surtirán efectos retroactivos desde el 17 de mayo de 2023, momento inmediatamente anterior a la fecha de inicio de dichas obligaciones en la redacción anterior de dicha disposición.