Por medio de la presente, damos traslado de la “INSTRUCCIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN NACIONAL DE CONTINGENCIA FRENTE A LA TRIQUINA EN ANDALUCÍA, POR PERSONAS VETERINARIAS AUTORIZADAS EN CONTROL SANITARIO CARNE PROCEDENTE ACTIVIDADES CINEGÉTICAS PARA AUTOCONSUMO Y MATANZAS DOMICILIARIAS EN ANDALUCÍA”.
Este documento tiene por objeto establecer un protocolo de actuación andaluz (alineado con la Instrucción 138-2020 para la ejecución del plan nacional de contingencia frente a la triquina en Andalucía ), que contemple las medidas a adoptar en caso de sospecha, o detección, de Triquina en animales, carnes o derivados cárnicos, por parte de las personas veterinarias autorizadas en actividades cinegéticas y matanzas domiciliarias en el marco del Decreto 165/2018 de 18 de septiembre, por el que se regulan las condiciones sanitarias de la carne de caza en Andalucía con destino a consumo humano, y de la normativa sobre control sanitario de cerdos destinados a consumo familiar.
El Plan incluye un procedimiento de comunicación e información detallada en caso de detección de positivos que habrá de ser seguido por las personas responsables de los análisis a fin de poder dar cumplimiento al mismo, y a la normativa de aplicación.