Por medio de la presente, se remiten las siguientes aclaraciones en relación al certificado Intracomunitario TRACES, establecido en el epígrafe 4 de la “NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS REQUISITOS SANITARIOS EXIGIBLES EN LOS MOVIMIENTOS COMERCIALES DE ANIMALES DE COMPAÑÍA EN LA UE (PERROS, GATOS Y HURONES)” “NOTA”, –revisión junio 2025-, publicada en la página del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que se adjunta a la presente y que fue remitida con fecha 03 de junio de 2025.
El sistema TRACES (Trade Control and Expert System) es la plataforma oficial de la Unión Europea para la gestión electrónica de certificados sanitarios en los movimientos de animales y productos de origen animal.
La normativa europea -en concreto el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/547– establece que los certificados expedidos a través de TRACES deben ser firmados electrónicamente por un veterinario oficial, y validados con el sello electrónico de la autoridad competente.
Asimismo, el Reglamento (UE) 2017/625 define al “veterinario oficial” (artículo 3.33)) como aquel profesional designado expresamente por la administración competente. Éste ya sea como empleado público o como veterinario habilitado ha de cumplir con las cualificaciones y formación requeridas.
El modelo de certificado CANIS-FELIS-FERRETS-INTRA, requerido para el comercio intracomunitario de perros, gatos y hurones, que se cita en la “NOTA” establece que debe ser realizado y firmado por un veterinario oficial.
Por lo tanto, un veterinario no habilitado oficialmente no puede emitir certificados en TRACES.
La función certificadora en TRACES constituye una actividad oficial, y solo puede ser desarrollada en el marco de las encomiendas de gestión previstas en la Ley 40/2015 y en la Ley 9/2007 de la Junta de Andalucía, las cuales requieren formalización expresa por parte de la administración competente.
En este contexto, y teniendo en cuenta la nota emitida por el Ministerio de Agricultura, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha comunicado al Consejo Andaluz de Colegios Veterinarios, que quedan suspendidas las autorizaciones a los veterinarios de libre ejercicio, para la emisión del Certificado previo al TRACES, hasta tanto se formalice la encomienda de gestión que restablezca dicha facultad.
Asimismo, hasta ese momento quedan suspendidas las actividades formativas organizadas desde el CACV encaminadas a obtener la autorización para emisión de dicho Certificado previo.