En relación a la próxima entrada en vigor de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de Protección de los Derechos y Bienestar de los Animales, en orden a clarificar determinados aspectos de la misma, puestos en contacto con la Dirección General de Derechos de los Animales, se remite nota informativo de la Dirección General de Derechos de los Animales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en la que se concretan dos de las cuestiones que han sido consultadas de forma reiterada por Colegios y colegiados:
- La relativa a la entrada en vigor de la obligación de los propietarios de tener suscrito un seguro de responsabilidad civil por tenencia de perros, que se considera no aplicable hasta que se apruebe y publique el Reglamento de desarrollo de la ley.
- La relacionada con otras obligaciones tales como la realización del curso de tenencia responsable o la identificación de animales incluidos en el listado positivo, que no sean de las especies perro, gato y hurón, todas las cuales igualmente se consideran aplicables una vez entre en vigor el desarrollo reglamentario de la citada norma con rango de ley.