El Capitán Jefe del UPRONA, D. José Milena Crespo, desarrolla el programa de esta jornada, imprescindible para la correcta aplicación de la legislación correspondiente a la protección y bienestar animal.
Más de cincuenta colegiados respondieron, entre los que asistieron presencialmente y telemáticamente, a esta novedosa convocatoria, que se desarrollaba el pasado día 15 de noviembre, en las dependencias del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Jaén.
Tras las últimas modificaciones legislativas referentes a la protección y bienestar de los animales, la colaboración entre el Cuerpo de Seguridad Pública de la Guardia Civil, concretamente del Servicio de Protección de la Naturaleza, y el conjunto de profesionales veterinarios, se torna imprescindible para la consecución de la correcta aplicación de la nueva normativa.
De esta forma, la jornada contaba en su programa, con el análisis de la Ley Orgánica 3/2023, de 29 de marzo, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de Maltrato Animal, y de la Ley Orgánica 7/2023, de 28 de marzo de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, haciendo hincapié en todas las nuevas obligaciones, prohibiciones y sanciones, que han resultado del texto de estas leyes.
El ponente, D. José Milena, transmitió de forma dinámica y exhaustiva, la información relacionada con el papel del veterinario con respecto a estas normativas anteriormente mencionadas.
Estuvo acompañado del jefe de servicio de Agricultura, Ganadería e Industrias Agroalimentarias de la Delegación Territorial de Agricultura en Jaén, D. Celedonio Fornell, y entre ambos, cada uno desde su conocimiento y experiencia profesional, fueron resolviendo cuestiones y haciendo aclaraciones al texto legal.
Al finalizar la ponencia, se realizó un turno de preguntas, cuya utilidad se basaba en clarificar las posibles dudas que dichas normativas, pueden ocasionar en su aplicación diaria por parte de los profesionales veterinarios.
Cumplido el objetivo informador y formador, se pretende así fomentar la efectiva coordinación entre ambos agentes, implicados en la aplicación de todas aquellas acciones necesarias para la consecución de la protección de los animales.