Foco Viruela Ovina/Caprina

Por medio de la presente, se comunica que desde el Servicio de Sanidad Animal de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, que el 2 de noviembre de 2022 se declaró dos nuevos focos de viruela ovina y caprina, uno de ellos en el municipio de Benamaurel (Granada), se trata de una explotación con vínculo epidemiológico con dos explotaciones confirmadas como foco del municipio de Benamaurel, el otro foco se ha confirmado en una explotación ovina del municipio de Oria (Almería) lo que supone la particularidad de ser el primero de los declarados en esta provincia, si bien se trata de un municipio de Almería limítrofe con Cúllar (municipio con focos declarados de viruela anteriormente).

Desde la Delegación de Granada, Delegación de Almería, OCAS afectadas y AGAPA, en coordinación con este Servicio y el Servicio de Producción Ganadera se está haciendo un intenso y muy trabajo para controlar la enfermedad.

Esto nuevos focos de Viruela Ovina y Caprina (VOC) se producen por la detección, por los veterinarios de la SDSG y los servicios veterinarios oficiales de la Junta de Andalucía de lesiones compatibles con la enfermedad en dos animales de la explotación, las muestras han sido positivas por PCR en Laboratorio Central de Veterinaria (LCV) del MAPA en Algete (Madrid), Laboratorio Nacional de Referencia para la enfermedad en España.

Se trata de una enfermedad cuyo control se basa en la aplicación de medidas de erradicación de emergencia, categoría al reglamento 2018/1882 aplicando las medidas recogidas en el Reglamento 2020/687 de la Comisión.

Con estos ya son once los focos de viruela ovina y caprina declarados en Andalucía, 10 en la provincia de Granada y uno en Armería con un total de 19 en España.

La Junta de Andalucía ha adoptado de forma inmediata las medidas de control contempladas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas relativas a la prevención y el control de determinadas enfermedades de la lista, y que incluye el sacrificio de los animales, eliminación de los cadáveres en planta de trasformación, limpieza y desinfección oficial de la explotación, establecimiento de una zona de protección de 3 km. y una de vigilancia de 10 km., con refuerzo de medidas de bioseguridad y vigilancia en las explotaciones, así como la aplicación de medidas de restricción de movimiento de animales y productos y la investigación epidemiológica para tratar de identificar el origen del virus, aún bajo estudio, así como los posibles contactos de riesgo que se hayan podido dar, entre otras.

Se trata de una enfermedad no zoonósica que afecta exclusivamente a las especies ovina y caprina, sin que en ningún caso pueda transmitirse al ser humano, ni por contacto directo con los animales ni a través de productos de los mismos.

De igual forma, se recuerda la gran importancia de garantizar el buen funcionamiento de los sistemas de vigilancia pasiva para detectar tempranamente la eventual entrada de la enfermedad en otras explotaciones, para lo que es vital que se comunique a los SVO cualquier indicio de la enfermedad que pudiera aparecer en las explotaciones de ovino y caprino del país.

Damos traslado de esta comunicación para que los profesionales veterinarios que desarrollen trabajos en explotaciones de ovino y caprino extremen la vigilancia y, ante la posible aparición de nuevos casos, realicen las oportunas comunicaciones a la autoridad sanitaria.

Folleto informativo VOC

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