Directorio de profesionales veterinarios. Orden de 19 de febrero de 2026 ADSG

Por medio de la presente, damos traslado de las siguientes indicaciones relativas al Curso de Directorio, regulado en el Capítulo IV “Directorio de Personas Licenciadas o Graduadas en Veterinaria” (Artículos 24-27) de la “Orden de 19 de febrero de 2026, por la que se regulan las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas de Andalucía”- que se adjunta- publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), núm. 39 de 26 de febrero de 2026:

  • El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios será el responsable de la llevanza y mantenimiento del Directorio de profesionales veterinarios que “(…) que, en ejercicio libre de su profesión realicen actuaciones en el marco de la legislación aplicable en materia de sanidad y de bienestar animal.”
  • La incorporación al Directorio requiere la superación de un curso cuyo contenido viene establecido en el ANEXO IV de la citada Orden, previa solicitud dirigida a este Consejo Andaluz, manifestando el cumplimiento del requisito anterior, así como el compromiso de cumplimiento de la normativa vigente.
  • El plazo de vigencia de la inscripción es de cinco años.
  • La renovación de la inscripción requiere la realización “(…) de manera periódica, y en todo caso, al menos una vez cada cinco años, cursos de formación o actualización de la normativa o de adecuación de conocimientos.”
    *NOTA: Del contenido de dichos cursos, así como la exigibilidad de los mismos se informará oportunamente.
  • Las personas veterinarias inscritas en el Directorio antes del 27 de febrero de 2026, mantienen su inscripción.

Orden de 19 de febrero de 2026

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