Desde el Servicio de Sanidad Animal de la Consejería informan que, desde el pasado 27 de enero, está vigente el Protocolo acordado y firmado entre España y Francia para la autorización de movimientos desde ZV-II de DNC (zona de vacunación II de DNC) entre ambos países.
Las condiciones se fundamentan en los requisitos del Reglamento 2023/361, a los cuales se les ha añadido en el Protocolo la necesidad de la desinsectación de vehículos de transporte de los bovinos, con uso de productos autorizados al menos 24h antes de la carga y registro en el certificado TRACES (o adjunto), tanto del estatus de vacunación de la explotación como de los animales objeto del movimiento.

